La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) emitió un concepto de gran importancia para los millones de usuarios que tienen Nequi o Daviplata en Colombia.
El documento fue emitido el pasado 23 de enero y tiene que ver con los efectos de estas plataformas en la declaración de renta.
La DIAN respondió a una consulta ciudadana sobre si los movimientos que se hacen por depósitos de bajo monto, como Nequi y Daviplata, pueden recibir un beneficio que trae el Estatuto Tributario.
Es decir, si es posible que se acepten estas transacciones a la hora de reconocer costos, deducciones, pasivos e impuestos descontables en la declaración de renta.
No obstante, con Nequi y Daviplata no se podrá aplicar esa medida, de acuerdo con la respuesta entregada por la DIAN.
“Los depósitos de bajo monto y los depósitos ordinarios hacen parte de los ‘medios de pago’ (…). Sin embargo, aunque comparten características con las cuentas corrientes y de ahorro, no son depósitos bancarios”, señala la entidad.
En ese sentido, agrega que “los depósitos de bajo monto y las cuentas de ahorro corresponden a dos productos distintos”, citando un comentario de la Superintendencia Financiera.
sí las cosas, la DIAN dejó claro que los movimientos hechos por Nequi y Daviplata no podrán aplicar a los beneficios de costos, deducciones, pasivos e impuestos descontables en la declaración de renta.
De acuerdo con expertos en el tema, esto implica que no se pueden cruzar recursos que se paguen por estos medios en temas del día a día.